18 de marzo de 2015
Con el fin de aumentar la protección de los integrantes de un vehículo en caso de accidente, el ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Andrés Gómez-Lobo, junto a la secretaria ejecutiva de Conaset, Gabriela Rosende, presentó hoy un decreto que hace obligatorio que los vehículos livianos que se comercialicen en el país, cuenten con los dos airbags frontales, uno para el conductor y otro para el copiloto.
“Uno de nuestros principales ejes de trabajo es la prevención de accidentes de tránsito y sus terribles consecuencias. El uso de airbags en vehículos puede reducir en un 15% las muertes y lesiones graves de los integrantes. Así, el airbag especialmente previene lesiones a la cabeza, al cuello y a la parte superior del cuerpo, en caso de colisiones o choques frontales”, explicó el ministro Gómez-Lobo.
El airbag es una bolsa de aire que se hincha en apenas unas milésimas de segundos al producirse el impacto de un accidente, y logra así proteger a los ocupantes del vehículo.
De acuerdo al decreto publicado hoy en el Diario Oficial, la obligatoriedad de contar con los dos airbags frontales, entrará en vigencia para los Station Wagon, Coupé y Cabriolet nuevos que se inscriban en el Registro de Vehículos Motorizados en abril de este año. En diciembre 2015, todos los vehículos deberán cumplir con este nuevo requisito, salvo los Citycar y Micro Van, para quiénes será obligatorio a partir de diciembre 2016.
En la oportunidad, la secretaria ejecutiva de Conaset, Gabriela Rosende, hizo especial énfasis en la eficacia de los airbags en combinación con el uso del cinturón de seguridad. “El airbag no reemplaza en ningún caso el cinturón de seguridad, ambos sistemas actúan de forma complementaria, por lo que insistimos en nuestro llamado a utilizar el cinturón de seguridad siempre”.
¿Cómo funciona el airbag?
En caso de un choque o una colisión del vehículo, el sistema mide la desaceleración del vehículo a través de un microsensor y envía los datos a un centro de cómputo para su análisis. Esto permite diferenciar las colisiones frente a una frenada brusca, de forma de no activar el airbag innecesariamente.
Una vez que se confirma el impacto, la central envía un impulso eléctrico para que, a través de gas de nitrógeno, se inflen las bolsas de aire. El tiempo del proceso completo es de entre 20 a 30 milisegundos.
El airbag:
– Frena el movimiento de los ocupantes, evitando que las fuerzas de deceleración produzcan daños en ellos, especialmente en la cabeza.
– Evita el impacto de los ocupantes contra algunos elementos del interior del vehículo, como el volante.
– Protege la cara y los ojos de los fragmentos de cristal que pueden desprenderse, por ejemplo del parabrisas.
Uso de sistemas de retención infantil
En la oportunidad, el Ministro estuvo acompañado por parlamentarios que han presentado diversas mociones tendientes a aumentar la obligatoriedad del uso de sistemas de retención para el transporte de niños.
En este sentido, Gómez-Lobo explicó que “como Ministerio, estamos apoyando dos modificaciones que se tramitan en el Congreso: la que amplía la edad de traslado de niños en el asiento trasero hasta los 12 años; y la que busca ampliar la edad de uso de sistemas de retención infantil hasta los 8 años, incorporando características de peso y talla (135 cm y 33 Kg)”.
Por último, la autoridad hizo un llamado a los parlamentarios a aprobar, en el menor tiempo posible, iniciativas como éstas que apuntan a aumentar las condiciones de seguridad para nuestras niñas y nuestros niños”.