19 de octubre de 2017
Esta mañana fue aprobado por unanimidad -ratificando idéntica votación en el Senado- el Proyecto de Ley de Velocidad de Internet Garantizada, el cual exige a las empresas proveedoras de internet informar sobre la velocidad de acceso de los planes ofrecidos, lo que fortalece los derechos de los usuarios y la calidad del servicio entregado.
Gracias a la iniciativa, que modifica la Ley General de Telecomunicaciones, los usuarios tendrán pleno conocimiento del detalle de los servicios que contratan en cuanto a la velocidad ofrecida. Además, aquellos servicios que sean ofertados como Banda Ancha u otra análoga, deberán cumplir con una serie de caracterÃsticas técnicas, las cuales irán siendo adaptadas de manera paralela al aumento de velocidades que surjan del avance de la tecnologÃa.
“Sin duda este es un tremendo avance para el paÃs y representa el espÃritu de lo que como Ministerio buscamos: mayor transparencia y un servicio de calidad. Agradecemos a todos los Senadores y Diputados por el apoyo unánime y transversal a la iniciativa, esta nueva ley permite que todos los usuarios de internet conozcan exactamente la velocidad promedio que están contratando y que la empresa debe garantizar. Con esto se acaban las letras chicas o la posibilidad que se prometa una velocidad de acceso que en definitiva no se cumpla. Se entregan las herramientas para que los propios usuarios puedan exigir el cumplimiento de los respectivos contratosâ€, afirmó la ministra de Transportes y Telecomunicaciones, Paola Tapia.
“Como Subtel nos haremos cargo de generar un reglamento que otorgue todas las certezas, abarque todas las variables y condiciones para que esta ley cumpla su propósito, que es salvaguardar los intereses de los usuarios de Internet. Debe existir coherencia entre lo ofrecido en el contrato, en la publicidad, en ofertas comerciales, lo que significará una nueva relación entre proveedores de servicios de internet y los consumidores basada en la transparencia, donde la Subtel dispondrá de todos sus instrumentos para que la fiscalización sea garante de este calidad y experiencias del servicioâ€, explicó el Subsecretario de Telecomunicaciones, Rodrigo RamÃrez.
La nueva ley establece tres procedimientos de verificación del cumplimiento de las caracterÃsticas ofrecidas por cada operador. Se trata de las mediciones individuales, las que podrán ser efectuadas por los clientes a través de un mecanismo desarrollado especialmente para ello. La información que de aquà surja, servirá como evidencia ante eventuales reclamos por calidad.
Otro medio de control serán las mediciones realizadas por un tercero independiente, las que no sólo serán utilizadas ante eventuales reclamos, sino también para la elaboración de reportes comparativos, destinados a informar a los usuarios sobre la calidad del servicio entregado por cada operador. Asà también, la SubsecretarÃa de Telecomunicaciones realizará regularmente fiscalizaciones.
Por último, la nueva normativa refuerza el valor de las mediciones individuales como evidencia ante eventuales peticiones de compensación por fallas en el servicio, consignando que para rechazar el reclamo, la empresa proveedora deberá demostrar con antecedentes – resultados de la medición – lo injustificado del mismo, considerándose su ausencia como causal de resolver a favor del usuario.