29 de enero de 2020

Comisi贸n de Transportes y Telecomunicaciones del Senado aprueba proyecto de ley que regula las aplicaciones de transporte de pasajeros

Comisi贸n de Transportes y Telecomunicaciones del Senado aprueba proyecto de ley que regula las aplicaciones de transporte de pasajeros

鈥淪e establece una serie de exigencias con el objetivo de generar condiciones de igualdad y una competencia justa, en beneficio de las personas que utilizan estos servicios鈥, se帽al贸 la Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, Gloria Hutt.

La Comisi贸n de Transportes y Telecomunicaciones del Senado aprob贸 hoy en particular el proyecto que regula las aplicaciones de transporte de pasajeros, iniciativa que ya hab铆a sido aprobada en general en la sala y tambi茅n en particular por la C谩mara de Diputados. 聽La iniciativa, que cuenta con urgencia simple, ser谩 ahora discutida en particular por la sala del Senado.

La Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, Gloria Hutt, se帽al贸 que este nuevo paso en la tramitaci贸n legislativa 鈥渆s una muy buena noticia. Estamos avanzando en una iniciativa que busca regular un sector de transportes. Las tecnolog铆as est谩n cambiando la forma de transportarse, por lo que se hace necesario un marco regulatorio que se haga cargo de esta nueva realidad. As铆, la propuesta de ley que presentamos como gobierno, establece una serie de exigencias a las aplicaciones de transporte, con el objetivo de generar condiciones de igualdad y una competencia justa, en beneficio de las personas que utilizan estos servicios鈥.

La secretaria de Estado afirm贸 que la iniciativa busca mejorar la calidad, seguridad y experiencia de viaje de millones de usuarios, profesionalizar el sector mediante mayores exigencias, e igualar las condiciones para todos los actores del transporte privado de pasajeros.

De esta forma, el proyecto establece que las entidades deber谩n constituirse como empresas de transporte remunerado de pasajeros en Chile.聽 Adem谩s, deber谩n estar inscritas en un registro de empresas de aplicaciones de transportes, que ser谩 de consulta p煤blica de aplicaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. A su vez, los conductores de este tipo de aplicaciones deber谩n contar con licencia profesional y estar inscritos en dicho registro, para lo cual tendr谩n un plazo de 3 meses, contados desde la entrada en vigencia de la Ley.

Adem谩s, se proh铆be el transporte en modalidad POOL (auto compartido) y s贸lo se podr谩n registrar veh铆culos cuyos propietarios o tenedores inscritos sean como personas naturales.

Tambi茅n se establece que la empresa deber谩 entregar al usuario la identificaci贸n del conductor y del veh铆culo, adem谩s de contar con medios de comunicaci贸n a los pasajeros para consultas, reclamos o denuncias, y seguros de responsabilidad civil para los usuarios. 聽

En cuanto a los veh铆culos, se fijar谩n por reglamento las exigencias de seguridad, t茅cnica y tecnol贸gica, las que no podr谩n ser inferiores a las que rigen para los taxis b谩sicos.

Durante la tramitaci贸n en la Comisi贸n de Transportes del Senado se rechazaron las indicaciones que propon铆an que los veh铆culos adscritos a las plataformas tuvieran una patente de otro color. No obstante, deber谩n tener un distintivo que permita su identificaci贸n, cuyas caracter铆sticas se precisar谩n en el respectivo reglamento. Adem谩s, se podr谩 habilitar para que los taxistas se inscriban y utilicen la aplicaci贸n como mecanismo de cobro.

En cuanto a las sanciones por infracciones graves, las multas a las empresas de aplicaciones, oscilan entre 10 a 100 UTM y en caso de reincidencia va desde 20 a 200 UTM. Para los conductores, las sanciones van entre las 3 y 10 UTM y, en caso de reincidencia, oscilar谩 entre 6 y 20 UTM.

La Subsecretar铆a de Transportes podr谩 revocar la autorizaci贸n de las empresas en caso de acumulaci贸n de infracciones y a los conductores se les podr谩 suspender la licencia por 6 meses si presta el servicio y no est谩 inscrito o adscrito a una aplicaci贸n autorizada. Por 煤ltimo, los pasajeros tambi茅n podr谩n ser sancionados en caso de que acepten la prestaci贸n irregular de servicios (1 a 3 UTM) y, si entorpecen la fiscalizaci贸n (de 3 a 5 UTM).