17 de julio de 2024
Se trata de una modificación a la Ley de Tránsito y su reglamento, la cual permite sancionar a aquellas personas que instalen accesorios lumÃnicos que dificulten la visualización de las placas. Además, será causal de rechazo del vehÃculo, si se detecta en el proceso de revisión técnica.
Una nueva herramienta para evitar el ocultamiento de placas patentes sumó la Ley 21.601, luego que el Diario Oficial publicara la norma que prohÃbe adosar elementos lumÃnicos que impidan la lectura de matrÃculas.
Se trata especÃficamente de una modificación al artÃculo 71 de la ley de Tránsito, que establece la prohibición del uso de cualquier luz o focos distintos o adicionales a los permitidos por la ley o sus normas.
Para ello, y con el fin de darle aplicabilidad a este cambio, se generó una modificación normativa -a través del Decreto N° 11 de 2024-, la cual entró en vigencia desde esta jornada.
Asà las cosas, y con esta medida, si una persona fuese sorprendida usando accesorios lumÃnicos no autorizados, el usuario no sólo se expone a una falta menos grave (con multa de hasta 1 UTM), sino también, arriesga un rechazo, a la hora de realizar el trámite obligatorio de revisión técnica.
Para el ministro de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), Juan Carlos Muñoz, este cambio “fortalece el trabajo de fiscalización que ha permitido la implementación de esta Ley, entregando una nueva herramienta para evitar el ocultamiento de patente. Además, muchas de estas luces también traen consigo problemas para los conductores, al afectar su visibilidad provocando encandilamiento, a la hora de conducir. Por ende, también hablamos de una medida que apunta a la seguridad vialâ€, indicó.
Por otra parte, el cambio normativo también trae consigo una actualización de los elementos lumÃnicos autorizados, entre ellos, neblineros, luces destellantes de virajes, además de las luces intermitentes.
Respecto a estos cambios, el Secretario Ejecutivo del Programa Nacional de Fiscalización, Oscar Carrasco, indicó que estas medidas abordan dos aspectos, siendo uno, la seguridad vial, “ya que muchos de estos dispositivos impiden una adecuada conducción nocturna cuando son encendidos en carreteras o vÃas urbanas. Pero también, la seguridad pública, que tiene que ver con la observación, ya sea por carabineros, el fiscalizador o por los dispositivos de cámaras de imágenes de una placa patenteâ€.
En tanto, la jefa de Zona de Tránsito, Carreteras y Seguridad Vial de Carabineros, general Marcela González,  indicó que esta norma “se transforma en una nueva herramienta para la fiscalización de Carabineros y también de los fiscalizadores del Ministerio de Transporte, la cual vamos a agregar dentro de las fiscalizaciones a contar de hoy dÃa, y que se realizan en todas las comunas del paÃs. Y dentro de estas fiscalizaciones, Carabineros va a revisar que las personas no tengan elementos lumÃnicos en ningún lugar que no esté normado en sus vehiculosâ€, agregó.
Cabe agregar que, a las excepciones ya contempladas en la normativa (vehÃculos policiales, de emergencia o municipales que apoyen labores de vigilancia), se agregaron a aquellos vehÃculos de apoyo a la normalización de la circulación vial en caminos públicos.
Finalmente, desde el MTT se indicó que el cambio normativo también afecta a otros accesorios adosados en otros espacios no autorizados, como neumáticos, debajo de la carrocerÃa, entre otras.